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Organización

Organización

Con personalidad jurídica propia, todas las asociaciones adheridas a la UDP se estructuran y rigen en completa libertad y respeto mutuo. Sin discriminación alguna, con sus peculiares formas, las asociaciones diseñan su plan de acción social y establecen sus cuotas, participando en los objetivos, los órganos de gobierno y en las actividades y servicios que desarrolla la UDP. Deben igualmente cumplir los Estatutos Generales y los acuerdos de Plenos y Congresos Confederales.

La UDP la integran asociaciones locales y comarcales, una Asociación Provincial que las representa y una Federación Territorial constituida por las asociaciones provinciales. Son también miembros directos de la UDP las asociaciones sectoriales y las delegaciones en el exterior. Bajo ciertas circunstancias, se reconoce la figura del delegado provincial. También se contempla las figuras del socio de honor, socio protector y socio individual.

Son órganos de gobierno en la UDP:

  • Congreso Confederal
  • Asamblea General
  • Junta Directiva



  Congreso Confederal


El Congreso Confederal es el órgano de gobierno de UDP y tendrá carácter ordinario y extraordinario. Su composición, Orden del Día y lugar de celebración, será fijado por la Junta Directiva en función de lo establecido en los presentes Estatutos y Reglamentos de Régimen Interno.

El Congreso Confederal ordinario se celebrará cada cuatro años, y el extraordinario cuando las circunstancias lo aconsejen a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva así lo acuerde l cuando lo propongan por escrito al menos de un 40% de los socios directos, con expresión concreta de los asuntos a tratar, y será competente para:

a) Establecer la planificación estratégica de UDP
b) Elegir y revocar al Presidente de UDP
c) Acordar la disolución de UDP
d) Cualquier otra cuestión no sometida a las Asambleas Generales

La convocatoria del Congreso Confederal ordinario se realizará por escrito indicando el lugar, día y hora de la reunión acompañando el Orden del Día que será elaborado por la Junta Directiva. El plazo de convocatoria deberá ser con al menos 1 mes de anticipación a la fecha prevista para el mismo.

En el supuesto que, por razones urgentes o perentorias, deba convocarse un Congreso extraordinario; el plazo de convocatoria podrá verse reducido, si bien observando las garantías mínimas suficientes para asegurar la presencia de sus componentes.

El Congreso Confederal, tanto ordinario como extraordinario, quedará validamente constituido para deliberar y tomar acuerdos, en primera convocatoria cuando concurran al menos un tercio de los asociados directos. Y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asistentes.

A los Congresos asistirán con voz y voto los socios directos de UDP, con la representación recogida en el artículo 40 de los presentes Estatutos. Asimismo podrán asistir los socios señalados en el artículo 9, de los presentes Estatutos, con voz pero sin voto.

Los acuerdos de los Congresos Confederales se adoptarán por mayoría simple de votos de los delegados presentes, salvo en los supuestos de mayorías cualificadas señaladas en los presentes Estatutos


 

  Asamblea General

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de UDP entre Congresos y estará compuesta por los delegados designados por los socios directos que componen la UDP.

Todos los miembros quedarán sujetos a los acuerdos de la Asamblea General, incluidos los ausentes, los disidentes y los que aún estando presentes se hayan abstenido de votar.

Las Asambleas podrán tener carácter ordinario y extraordinario:

Convocatoria:

1- La Asamblea General se reunirá obligatoriamente con carácter ordinario una vez cada año, dentro del primer cuatrimestre y con carácter extraordinario cuando así lo acuerde la Junta Directiva o lo solicite al menos un tercio de los socios directos.
2- La Asamblea General ordinaria, será convocada con al menos un mes de anticipación de la fecha prevista para la misma, y con al menos 15 días naturales si se trata de una Asamblea Extraordinaria. Por razones de urgencia, aprobadas por la Junta Directiva podrán reducirse los mencionados plazos.
3- La convocatoria de las Asamblea General Ordinaria, se realizará por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión acompañando el Orden del Día constará al menos de los siguientes puntos: Aprobación del acta de la Asamblea anterior; Información y aprobación de la Memoria de Actividades y de los presupuestos del ejercicio del año siguiente. El orden del Día de la Asamblea General Extraordinaria contendrá únicamente los puntos que hayan dado lugar a esta convocatoria.
4- La propuesta de inclusión de puntos en el Orden del Día, por parte de los asociados directos, deberán estar en poder de la Junta Directiva con al menos 15 días antes de la celebración de la Asamblea ordinaria.

Quórum de validez de constitución:
La Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, quedará validamente constituida para deliberar y tomar acuerdos, en primera convocatoria, cuando concurran a ella, al menos un tercio de los asociados con derecho a voto. Y en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de asistentes.

Quórum de adopción de acuerdos:
1- Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de votos de los delegados presentes, no siendo computables a estos efectos los votos en blando ni las abstenciones.
2- Será necesaria mayoría absoluta, cuando los votos afirmativos superen la mitad, para los supuestos de:
Modificación de Estatutos
Disposición o enajenación de bienes inmuebles.



  Junta Directiva

La Junta Directiva, vela por el cumplimiento de los Estatutos y acuerdos adoptados en Plenos y Congresos y por el buen funcionamiento de la UDP. Como órgano colegiado, por delegación representa los intereses colectivos de la UDP.
Además de coordinar actividades para el logro de fines comunes, la Junta Directiva informa y orienta a las asociaciones, propone respuestas y soluciones, y canaliza cuantos asuntos afecten a la organización. Elegida en el Congreso, da cuenta de su gestión al Pleno y Congreso Confederales, y sus decisiones sólo pueden ser anuladas por estos dos órganos.

Actualmente la Junta Directiva es ta formada por:

PRESIDENTE
Luis Martin Pindado
DIRECTORA GERENTE
Paca Tricio
VICEPRESIDENTE
Julián Pérez Sáez
SECRETARIA
Margarita García Durá
TESORERO
Recesvinto Casero
VOCALES
Mª Luisa Gimeno Huerta,
José Serra Martinez
Fernando Wonenburger Macía
Jacob Serfaty Benarroch