Reunión con el Secretario de Estado de Derechos Sociales para abordar nuevos protocolos ante posibles rebrotes en Residencias de Mayores

UDP participa en la reunión de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales con la sociedad civil para evaluar las mejoras en los protocolos los contagios por Covid-19 en residencias de mayores y personas con discapacidad

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UDP y entidades de la sociedad civil se reúnen con la Secretaría de Estado de Derechos Sociales

UDP participa en la reunión de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales con la sociedad civil para evaluar las mejoras en los protocolos los contagios por Covid-19 en residencias de mayores y personas con discapacidad

  • Las principales asociaciones de mayores, la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología y organizaciones en defensa de los derechos de las personas con discapacidad, como Cocemfe y CERMI se han reunido este viernes vía telemática con el secretario de estado de Derechos Sociales, Nacho Álvarez y con el director del Imserso, Luis Barriga, para comentar el Plan de Respuesta Temprana en Centros Residenciales de cara a la pandemia.

La Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España – UDP, como una de las principales asociaciones de mayores, hemos participado en la reunión que la Secretaría de Estado de Derechos Sociales ha mantenido este viernes con representantes de la sociedad civil, para exponer las necesidades del colectivo de Personas Mayores y de los y las profesionales que trabajan y cuidan de las personas que viven en las residencias ante los nuevo rebrotes.

En los últimos meses se ha puesto de manifiesto que las residencias, tanto de personas mayores como de personas con discapacidad, son altamente vulnerables a los efectos que causa la infección por COVID-19. En este sentido UDP y CEOMA, hemos recordado la urgencia de “pasar a la acción cuanto antes”. La Sociedad Española de Geriatría y Gerontología SEGG, ha solicitado que se hagan públicas las últimas versiones lo antes posible «para garantizar una actuación homogénea en todo el país», petición a la que también nos sumamos.

En este encuentro telemático junto al secretario de Derechos Sociales, Nacho Álvarez y con el director del Imserso, Luis Barriga, se ha expuesto el Plan de Respuesta Temprana en Centros Residenciales de cara a la pandemia, documento elaborado por la Vicepresidencia de Derechos Sociales y Agenda 2030. Así mismo, han podido conocer de primera mano las aportaciones que hemos realizado las organizaciones representativas de usuarios y usuarias del sistema de atención a la dependencia, de profesionales, del tercer sector y otros actores de la sociedad civil.

Ante la aparición de nuevos casos, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia creó en junio un Grupo de Trabajo “Residencias y COVID-19”, para preparar planes de actuación.  La evolución de la epidemia y la aparición ya en julio de nuevos casos en centros residenciales aconsejó poner en marcha de forma inmediata reuniones de coordinación entre la Secretaría de Estado y las Comunidades Autónomas, 

Según informa la Secretaría de Estado, en el pasado mes de agosto, se desarrolló un marco común de aplicación a estos centros residenciales del “Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19” que presentó el 13 de julio el Ministerio de Sanidad. Asimismo, se acordó un contenido común mínimo de los Planes de Contingencia de los centros; y se han abordado las medidas de coordinación sociosanitaria.

De esa manera, el 1 de septiembre, Derechos Sociales se reunió con sindicatos y patronales del sector para abordar dichos asuntos. Hoy ha sido el turno de las principales asociaciones de mayores, UDP y CEOMA, la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología y Gerontología y organizaciones en defensa de los derechos de las personas con discapacidad, como Cocemfe y CERMI, entre otras organizaciones de la sociedad civil, para hacer llegar las demandas y propuestas al respecto del colectivo de las personas mayores y de las personas con discapacidad.

¿En qué consiste el Plan de Respuesta Temprana en Centros Residenciales?

Este Plan consiste en un marco general con medidas de prevención de cara a brotes en los centros residenciales. En el documento, se incluyen aspectos como que las residencias deberán contar con el personal necesario, tener los EPIs adecuados, seguir planes de contingencia en caso de contagios y garantizar la información, entre otras medidas.

Este documento, que ha sido compartido y debatido con las Consejerías de Servicios Sociales, recoge los ejes principales para prevenir, evaluar el riesgo y dar una respuesta adecuada a posibles rebrotes de la enfermedad en los centros residenciales, que serán desarrollados en cualquier caso por cada comunidad autónoma en el ejercicio de sus competencias. 

  1. Es prioritario evitar la introducción del virus en los centros, para lo que deberán aplicarse las recomendaciones de las autoridades sanitarias, y en particular las que se recogen en el documento técnico “Recomendaciones a residencias de mayores y centros sociosanitarios para el COVID-19”. Las administraciones competentes asegurarán el cumplimiento por los titulares de centros de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de las instalaciones, y que su actividad se desarrolle en condiciones que permitan en todo momento prevenir los riesgos de contagio. Estas medidas de prevención deberán aplicarse estrictamente a todas las personas que entren a los centros desde el exterior y teniendo en cuenta el escenario epidemiológico de la zona en la que se ubique el centro residencial.
  2. De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, los titulares de los centros han de disponer de planes de contingencia por COVID-19 orientados a la identificación precoz de posibles casos entre residentes y trabajadores y sus contactos, y a la activación en su caso de los procedimientos adecuados a cada nivel de riesgo, en coordinación con los servicios de salud correspondientes.  Este plan de contingencia estará a disposición de las autoridades competentes. Es muy conveniente que se determinen los contenidos mínimos de estos planes (ver la lista de verificación propuesta) y que se verifique su coherencia con las medidas planteadas por las autoridades autonómicas para cada escenario.
  3. Los titulares de los centros garantizarán la puesta a disposición de residentes, trabajadores y visitantes de los materiales de protección adecuados al riesgo. Deberán contar siempre con una reserva suficiente de material para cubrir posibles contingencias (se recomienda un stock de al menos un mes). 
  4. La prevención y la detección precoz de casos requiere la realización de pruebas PCR para conocer el estado de salud de todas las personas que residen o trabajan en el centro, con la periodicidad y frecuencia que se considere adecuada según la situación epidemiológica de cada territorio. En todo caso, esto se hará al menos siempre que se detecte un caso en el centro. 
  5. En el caso de centros de gran tamaño, se valorará la posibilidad de llevar a cabo la sectorización de la residencia en unidades de convivencia más pequeñas como medida preventiva, reduciendo así, en lo posible, el número de contactos estrechos entre personal y residentes. 
  6. Los centros sociales residenciales han de colaborar en la recopilación, verificación y notificación de los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica del COVID-19 que les sean requeridos por las autoridades de salud pública, tal y como establece el artículo 23 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio. El Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Derechos Sociales propondrán, y coordinarán con las comunidades autónomas, un sistema de recogida directa de datos de los centros residenciales que permita disponer de un registro sistemático de todos estos centros en el conjunto del país y de sus características, así como la vigilancia de su situación epidemiológica y el lanzamiento de alertas en caso necesario. Este sistema permitirá conocer en tiempo real la evolución de la pandemia en los distintos territorios por todas las autoridades interesadas, y posibilitará una mejor asignación de los recursos sanitarios y sociales. También permitirá una mejor planificación de actuaciones como la campaña especial de vacunación de la gripe prevista en el Plan de Alerta Temprana.
  7. La detección de un caso en un centro social residencial será indicativa de la aparición de un brote, lo que implicará: la notificación a las autoridades sanitarias; el aislamiento del caso; la cuarentena de los contactos estrechos; y la búsqueda activa de casos. Esto implicará también la realización de pruebas PCR a todas las personas que residen o trabajan en el centro. 
  8. Respecto a las medidas de aislamiento, las autoridades de las comunidades autónomas valorarán la posibilidad de disponer de centros de drenaje a los que trasladar los casos positivos por COVID-19 que cursen con sintomatología leve y especialmente cuando el aislamiento en el propio centro, no sea posible. En estos centros se garantizará el correcto seguimiento del estado de salud de las personas infectadas, evitando también ingresos innecesarios y reduciendo la carga asistencial en los centros hospitalarios. 
  9. En caso de que la situación de riesgo así lo recomiende, podrán restringirse las visitas no profesionales al centro o las salidas de este, o el ingreso, reingreso y traslado en aquellas residencias situadas en localidades que tengan alto riesgo de contagio. En todo caso, esto habrá de hacerse respetando siempre los derechos de las personas y asegurando una correcta información a residentes y familiares. También deberá promoverse la sustitución de estas visitas por otras formas de contacto entre las familias y las personas residentes, como videoconferencias y otras alternativas. 
  10. Las autoridades competentes deberán garantizar la coordinación de los centros sociales residenciales con los recursos sanitarios del sistema de salud de la comunidad autónoma, con el fin de asegurar en todo momento a estas personas la atención sanitaria a la que tienen derecho como ciudadanos (artículo 10 del Real Decreto-ley 21/2020). 
  11. En el caso de contagio y siempre que sea necesario, las autoridades sanitarias garantizarán el acceso a la atención hospitalaria a las personas que residen en estos centros en igualdad de condiciones al resto de la ciudadanía, sin que puedan establecerse protocolos genéricos que supongan discriminación por motivos de edad o discapacidad. El acceso a los medios sanitarios hospitalarios debe decidirse facultativamente y en función de la situación individual de cada paciente y no por aplicación de criterios generales.
  12. Las direcciones de los centros arbitrarán las medidas necesarias para garantizar una correcta información a las personas residentes y a sus familias sobre la situación de la residencia y la evolución de los distintos escenarios adoptados en función del riesgo epidemiológico. 
  13. Los centros deben garantizar que cuentan con suficiente personal para atender adecuadamente a las personas que residen en estos centros. En caso de que la evolución de la epidemia lo requiera, las autoridades podrán volver a adoptar.
  14. Los trabajadores y las trabajadoras son esenciales para que estos planes se desarrollen adecuadamente y debe garantizarse en todo momento su seguridad, su adecuada formación respecto a las medidas a aplicar y su conocimiento de los planes de contingencia. 
  15. La Secretaría de Estado de Derechos Sociales y las Consejerías responsables de los servicios sociales de las comunidades autónomas mantendrán reuniones periódicas para asegurar el intercambio de información en torno a la situación de los centros residenciales y del resto de dispositivos del Catálogo de Referencia de Servicios Sociales, y coordinar en su caso la adopción de nuevas medidas. La frecuencia de estas reuniones se decidirá en función de la evolución del riesgo, y se invitará a participar a las autoridades sanitarias siempre que se considere necesario.

¿Quieres más información?

Aquí se puede consultar el marco común recientemente acordado entre Gobierno y CCAA para la aplicación del Plan de Respuesta Temprana en el ámbito de los centros sociales residenciales: https://www.mscbs.gob.es/ssi/imserso/docs/Plan_de_respuesta_temprana_en_un_escenario_de_control_de_la_pandemia_por_COVID-19.pdf

Asimismo, se ha establecido una lista de contenidos básicos que deben desarrollar los planes de contingencia de los centros sociales residenciales, que puede ser consultada aquí: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/COVID19_Plan_de_respuesta_temprana_escenario_control.pdf

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